Embargos internacionales: entre la solidaridad y legalidad

Hace pocos meses George W. Bush calificó a la tríada compuesta por Irak, Irán y Corea del Norte como el eje de mal del planeta, y como una amenaza para la libertad y la democracia. Dichos países están bajo vigilancia, y tienen sobre sus cabezas algún tipo de sanción o embargo, que, de alguna manera, afecta y limita sus relaciones comerciales y su vida cotidiana. El establecimiento de embargos totales o parciales a terceros países es una medida legal y perfectamente prevista por el Derecho Internacional Público. Una medida puesta, según la Carta de las Naciones Unidas, al servicio del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para "mantener o restablecer la paz y la seguridad internacional" . A pesar de lo positivo de su finalidad -al menos sobre el papel-, son numerosas las voces que han puesto en duda su utilidad real y han denunciado los graves perjuicios que acarrean a las poblaciones que los sufren. Aunque igualmente cuestionables y criticables, los embargos unilaterales entre países -como el caso de Estados Unidos a Cuba- quedan al margen de esta discusión, ya que se producen al margen de la participación de la Comunidad Internacional organizada.

El capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas prevé una serie de medidas coercitivas, decretadas por el Consejo de Seguridad, encaminadas a evitar que determinadas situaciones puedan "poner en peligro la paz y la seguridad internacional". Mantener la paz y la seguridad internacional constituye uno de los principios rectores de la Comunidad Internacional organizada, basada en el sistema de Naciones Unidas. Quien determina qué situación, o quien, constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacional, es el Consejo de Seguridad de las Naciones, con lo que, gracias al derecho de veto, la decisión queda en manos de las cinco potencias nucleares declaradas. Es por ello que en demasiadas ocasiones, la identificación de una posible amenaza para la paz, queda circunscrita estrictamente a criterios políticos y a los intereses diversos de las grandes potencias.

Las medidas previstas en el capítulo VII van desde el establecimiento de sanciones, embargos de diverso tipo (económicos, de comunicaciones, marítimas, aéreos, postales, telegráficos, radioeléctricas) y ruptura de relaciones diplomáticas, hasta el uso efectivo de la fuerza armada. El artículo 41 contempla los embargos comerciales entre las medidas "que no implican el uso de la fuerza", es decir, constituye una primera medida en la escala que lleva al uso de la fuerza.

Los embargos comerciales tienen siempre efectos negativos para las economías de los países afectados. De hecho, suelen aplicarse como una medida de presión para que un gobierno cambie, o se abstenga de llevar a cabo, una determinada política (fabricación de armas de destrucción masiva, por ejemplo). Pero son especialmente dañinos para aquellos países que dependen económicamente de los ingresos provenientes de sus exportaciones, sobre todo si éstas no están demasiado diversificadas y son especialmente controlables, como es el caso del petróleo de Irak. Aunque existen otros, el caso iraquí ha puesto de manifiesto la dureza del castigo que supone este tipo de medidas para las poblaciones civiles, y sus escasas repercusiones en las clases gobernantes a las que se pretende presionar.

Tras el final de la Guerra del Golfo, el Consejo de Seguridad, aprovechándose de una inusual unanimidad entre las grandes potencias, impuso un embargo comercial a Irak (Resolución 661, de 6 de agosto de 1990), condicionando su levantamiento, a la constatación de la no capacidad de éste para producir armas de destrucción masiva. Para ello dispuso que una misión especial de las Naciones Unidas (UNSCOM - UNMOVIC) verificara y visitara todas las instalaciones industriales iraquíes, susceptibles de albergar materiales o procesos de fabricación de armas de destrucción masiva. Tras años de investigar y visitar el país, y no encontrar pruebas, el embargo se mantiene a pesar de que las graves consecuencias humanitarias que causa son conocidas por el Consejo de Seguridad desde 1991 .

Irak es uno de los principales productores de petróleo del mundo, y sus finanzas dependen casi exclusivamente de los ingresos por la venta de crudo. El embargo ha impedido a Irak poner su petróleo en el mercado mundial durante los últimos diez años, lo que ha comportado una disminución dramática de sus ingresos, y como consecuencia de ello, un grave empeoramiento de las condiciones de vida del pueblo iraquí. Irak, como la mayoría de países productores de petróleo, importa la mayoría de los alimentos y medicamentos que consume. Más de diez años después, y antes del once de septiembre, muchas eran las voces que clamaban por el levantamiento del embargo. Hoy se planea un nuevo ataque a Irak, y Estados Unidas y Gran Bretaña se sienten más libres que nunca para llevarlo a cabo. Antes de asistir impasibles a esta nueva fase de la lucha contra el terrorismo, será bueno que tengamos en cuenta las graves consecuencias que el embargo está teniendo para la población iraquí (que no para sus dirigentes). El embargo asfixia de tal forma al pueblo iraquí que, algunos embajadores extranjeros en Bagdad, hablan de éste como una verdadera "arma de destrucción masiva".

Los datos que presenta el país son escalofriantes. Durante el mes de julio de 1990, justo antes de la guerra del Golfo, murieron en Irak 539 niños menores de cinco años. En julio de 1998 esta cifra había aumentado a 6.452. Hoy Irak tiene la mortalidad infantil más alta de la región, cuando antes de 1991 presentaba unas cifras muy cercanas a niveles occidentales. Según la UNICEF (organización de la que los Estados Unidos no es miembro) y Irak Action Coalition, más de medio millón de niños menores de cinco años han muerto en Irak desde la imposición del embargo por parte del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Los informes de la propia organización, paradójicamente, recogen el aumento de la desnutrición entre la población infantil (810.000 niños según el último informe de Naciones Unidas, cuatro de cada cinco niños) y la disminución en un 50% de la tasa de escolarización, que en 1990 era del 100%. El propio coordinadora del Programa de la ONU "Petróleo a Cambio de Alimentos" denunció en el año 2001 la situación como una "tragedia humana", poco después den esas declaraciones al periódico inglés The Independent fue cesado por Estados Unidos. En julio de 2001, Jutta Burghardt, la ex-Directora del programa denunció la severidad y la extrema gravedad de la situación en Irak (ver en CSCA).

La complicidad y el mutismo de los países de la Unión Europea empezó a romperse el 18 de abril de 2000. Ese día el Parlamento Europeo, representante de la voluntad de los ciudadanos europeos, emitió una resolución en la que se condenaba el embargo y los bombardeos periódicos que Estados Unidos y Gran Bretaña llevan a cabo sobre territorio iraquí. Uno de estos ataques tuvo lugar el 6 de abril de 2001, 14 muertos y 19 heridos, y ni una sola referencia en nuestros medios de comunicación. Dichos bombardeos, llevados a cabo al margen de la legalidad internacional -algo que empieza a ser habitual para estas dos potencias-, han causado ya 175 muertos civiles y 500 heridos desde 1998. El Parlamento Europeo, Francia en particular, Sudáfrica, y por supuesto, China y Rusia, han condenado en numerosas ocasiones la política británica y estadounidense referente a Irak. La coalición internacional que llevó a cabo la guerra contra Sadam Hussein empezó a romperse en el año 2000. Esperemos que esa misma convicción evite ahora, a finales del 2002, un nueva guerra en el Golfo Pérsico.

Muchos dudamos ya de los motivos reales del mantenimiento de un embargo, que para nada ha perjudicado al régimen despótico de Sadam Hussein, sino que, al contrario, lo ha reforzado El embargo ha debilitado profundamente a la antaño laica sociedad iraquí, por la que se extiende el integrismo islámico entre las capas más vulnerables, y al exilio, poco representativo, y dividido ante la grave situación humanitaria que atraviesa su pueblo. El Programa de la ONU "Petróleo a Cambio de Alimentos", se puso en marcha para intentar mitigar las carestías de la población y de un estado con su seguridad alimentaria y sanitaria seriamente amenazada. A pesar de todo, el programa se ha demostrado insuficiente para evitar la catástrofe humanitaria que vive el país.

Nadie cuestiona la perversión del régimen de Sadam Hussein, ni la ilegalidad de la invasión de Kuwait en 1990, ni lo positivo de una democratización de Irak (¿Arabia Saudita?), pero el fin nunca puede justificar los medios. No es la primera vez que se cuestiona la utilidad de los embargos comerciales como medida de presión sobre gobiernos, pero nunca han sido tan visibles sus dramáticas consecuencias. A pesar de todo, y mientras el Derecho Internacional Público no cambie, un embargo comercial decretado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas contra un país, constituye una medida legal, aunque éticamente muy cuestionable.

Jordi Cortés. Coordinador del Observatori Solidaritat.

Más información sobre Irak