Los Derechos Humanos en Argelia

Leyes y decretos que actualmente están en vigor y atentan de manera amplia y sistemática contra los derechos humanos de las personas:

- 9 de febrero de 1992: Decreto de estado de urgencia (original en francés) . A través de este Decreto se adjudican una serie de poderes al ministro del Interior y al prefecto.

- 30 de septiembre de 1992: Decreto ley contra el terrorismo y la subversión. A través de este decreto se crean los cuerpos especiales compuestos por magistrados anónimos.

- 24 de octubre de 1992: Decreto ejecutivo 5/92 de la ley de 12 de diciembre de 1989 por el cual el Gobierno reduce de manera drástica los poderes del Consejo Superior de Magistratura y los derechos de sus miembros en beneficio del Ministerio de Justicia.

- Decreto 22 de septiembre 1993: creación de las guardias municipales. Estas, juntamente otros cuerpos se encargan de reestablecer y mantener el orden público.

- Orden interministerial junio de 1994: instauración de una célula de comunicación de seguridad.

- Orden de 25 de febrero de 1995: integración de las principales disposiciones de excepción del Decreto contra el terrorismo y la subversión de septiembre de 1992, en el Código penal y en el Código procesal de Argelia. En esta orden se establece la supresión de los cuerpos especiales y el traspaso de sus competencias (juicio de actos terroristas y subversivos al Tribunal Criminal Ordinario, al cual se le modifica la composición.

- Febrero de 1996: institución de los "Comités de Lectura" por parte del Ministerio del Interior.

- 28 de noviembre de 1996: adopción de una nueva Constitución por referéndum. En esta nueva Constitución (substitutiva Constitución 1989) se restringen los poderes de la Asamblea nacional, se instaura una segunda cámara y aumenta notablemente el poder del presidente.

- 4 de enero de 1997: Ley sobre los grupos de legítima defensa.

- 6 de marzo de 1997: Ley sobre los partidos políticos (consultar Rapport alternatif de la FIDH, páginas 5-6).

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Actos contrarios a los Derechos Humanos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos

 

Art.3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona

DESAPARICIONES

La cifra de personas desaparecidas no ha podido ser cuantificada con exactitud, pero se calcula que el número de desaparecidos supera las 2.000 personas (Rapport alternatif de la FIDH, página 14). Muchas de las personas desaparecidas son trasladas a prisiones secretas en las que pasan muchas años sin ser juzgadas ni condenadas (Revista Cidob de Asuntos Internacionales, página 114).

Ante la amplitud del fenómeno, el 20 de septiembre y el 22 de octubre de 1997 las familias de los desaparecidos se manifestaron públicamente en Argelia. La primera vez ante un hotel en el que miembros de la ONDH realizaban un seminario internacional, la segunda vez en la calle. En Europa, las familias argelinas o de origen argelino que estaban en la misma situación también se movilizaron. Comenzaron a agruparse con el objetivo de informar a la opinión pública de la verdadera situación que se vivía en su país.

El Gobierno argelino, a su vez, continúa negando la amplitud del fenómeno. Según la versión oficial, sólo hay cuatro casos contados de personas desaparecidas imputables a las fuerzas de seguridad. Para el Gobierno de Argelia, la mayoría de las desapariciones son consecuencia de los alzamientos provocados por los grupos armados, o se trata de personas que se han adherido a grupos armados y de los que sus familias, por ignorancia o por miedo, declaran su desaparición.

La FIDH, en su última misión a Argelia en abril de 1997, recogió más de 200 testimonios, textos y cartas sobre casos de personas desaparecidas. La mayor parte de esta información proviene de Argelia, pero también se ha contado con el apoyo de una decena de familias instaladas en Europa. Del análisis de los casos recogidos, se extrajeron las siguientes conclusiones:


- La responsabilidad de las fuerzas de seguridad, que se ha podido establecer de diversas maneras y sobre todo porque los mismos miembros de la familia, vecinos del barrio o compañeros de trabajo han sido testigos del rapto de la persona desaparecida, por lo cual vieron quiénes eran las personas que lo llevaban a cabo; los han identificado como miembros de las fuerzas de seguridad. En muchos casos, los raptores son personas conocidas por los mismos testimonios, sobre todo en los pueblos y pequeñas ciudades en los que la gente se conoce. La responsabilidad de las fuerzas de seguridad en las desapariciones también se puede establecer por el hecho de que a menudo, antes de que la persona desaparezca, esta ha estado en la comisaría o en los centros de la guardia municipal, en donde ha sido vista por personas que han sido liberadas. En algunos casos, la familia se ha encargado de llevar comida y provisiones al familiar que estaba arrestado en los locales oficiales.

- Todas las fuerzas de seguridad, regulares o no, participan en arrestos, muchas veces en común. La implicación de "patriotas" y guardias municipales en estas operaciones ha sido citada frecuentemente. Las fuerzas de seguridad regulares eran reconocidas por los testimonios porque sus miembros actuaban con la cara descubierta al lado de los famosos "ninjas" que iban tapados. Algunas detenciones hechas por las fuerzas regulares han sido llevadas a cabo en presencia de los "bouchakara". Los "bouchakara" u "hommes au sac" son personas que han sido arrestadas, interrogadas y obligadas a colaborar con la policía. Se les llama así porque llevan un pasamontañas como los policías.

- En 1997, la FIDH estableció una primera lista en la que figuraban 13 centros de detención ilegales en Argel y su periferia, y 4 centros más en otros departamentos. Los testimonios recogidos confirman casi totalmente la existencia de estos centros, sobre todo los que existen en la capital y sus afueras, y añaden nuevos centros a la lista.

- Estos nuevos testimonios nos remiten al hecho de que las autoridades argelinas no pueden desconocer la gravedad y amplitud de este fenómeno. Muchas familias se dirigen por carta o personalmente a las autoridades civiles y militares, locales y centrales, para recibir alguna respuesta sobre la situación de sus familiares detenidos. Estos también ponen anuncios en los diarios o salen en la televisión (Rapport alternatif de la FIDH, págines14-15).

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EJECUCIONES

El número de personas muertas se sitúa, según algunas fuentes, en más de 20.000 (Livre Blanc sur la repression en Algérie. Tomo I, página 17), y en más de 50.000 según otras (Revista Cidob de Asuntos Internacionales, página 110).

Al principio, la ejecución era una práctica aislada, pero a partir de marzo de 1994 esta medida se convirtió en una cuestión muy frecuente y colectiva. Se ejecutan, sobre todo, personas detenidas en las batidas nocturnas hechas por la policía en los barrios, personas que simpatizan con los islamistas, vagabundos, etc. A veces, las ejecuciones se llevan a cabo como represalia de los actos cometidos por los grupos armados que se oponen al Gobierno, como las realizadas en Ténès, Larbaa, les Eucalyptus, Kouba, Cherarbe, Errouaghia, Lakhdaria, etc. (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Tomo I, página 14). Los cuerpos especiales han juzgado a más de 10.000 personas, y entre febrero de 1993 y junio de 1994 condenaron a muerte a 1.127 personas (Rapport alternatif de la FIDH, página 6). Según otras fuentes, entre 1992-1995 fueron condenadas a muerte unas 1.070 personas (Livre Blanc sur la repression en Algèrie, página 17).

La FIDH ha testimoniado en estos últimos años numerosas ejecuciones en donde se han reconocido culpables miembros de las fuerzas de seguridad, los cuales actuaban solos o acompañados por miembros de milicias. Los miembros de las fuerzas del Estado, en algunos casos, asesinaban civiles porque estos iban bebidos, o porque los confundian con terroristas. Asimismo, todo hace pensar que las ejecuciones extrajudiciales se realizan de manera premeditada, ya que estas se llevaban a cabo en algunas casernas, como represalia después de la intervención de grupos armados; locales de la policía y de la guardia municipal (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Suplemento, página 263).

Amnistía Internacional:
1. Condena los asesinatos deliberados y arbitrarios de civiles y personas alienas a la guerra llevadas a cabo por los grupos armados, los cuales niegan su implicación en estas masacres.
2. Solicita al Gobierno argelino que:
2.1. Suspenda la ejecución de las sentencies condenatorias a pena de muerte.
2.2. Restrinja progresivamente el número de delitos que son condenados con la pena de muerte, y tome las medidas necesarias para conseguir su erradicación definitiva (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Suplemento, página 263).

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Art.5.

Ninguna persona será sometida a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes

TORTURAS

Los maltratos y las torturas contra los detenidos son una práctica sistemática en las comisarías de policía y las brigadas de la gendarmería. Hay centros especializados que cuentan con los métodos de tortura más sofisticados como la Escuela Superior de Policía de Chateauneuf, bautizada por las víctimas como la "Escuela Superior de Tortura", o el Comisariado de Argel, Cavaignat, y los centros de seguridad militar de Ben aknoun i Bouzaréah. La tortura está institucionalizada. Se utilizan prácticamente los mismos métodos tanto en la comisaría de policía del barrio como en la Escuela Superior de Tortura de Chateauneuf. Algunos de los métodos utilizados son la corriente eléctrica, los desgarros, las quemaduras de cigarrillo, las bastonadas, etc. Estos métodos inhumanos y degradantes se continúan autorizando hoy en día, aunque teóricamente están prohibidos por la Constitución de Argelia y han sido condenados en los pactos internacionales. La tortura se utiliza para aterrorizar a las personas, y muchas han muerto a consecuencia de estas prácticas aberrantes.

Muchas personas que han sido objeto de tortura lo han denunciado, también lo han hecho aquellas que han sido víctimas de maltratos por parte de sus padres, hermanos, vecinos o compañeros de trabajo. Los autores de estos actos tan crueles e inhumanos no son castigados por sus actos, y es por este motivo que continúan dándose (Livre Blanc sur la repression en Algérie. Tom I, páginas 11-12).

Amnistía Internacional solicita al Gobierno de Argelia que:

1. Declare immediatamente y de forma pública que los maltratos y las torturas son inaceptables en cualquier circunstancia.
2. Reduzca el tiempo de arresto conforme a la recomendación del Comité de Derechos del Ser Humano, según la cual, los detenidos han de ser juzgados en el menor tiempo posible.
3. Anuncie una reglamentación clara y precisa que garantice los derechos de los detenidos a recibir visitas de su familia, sus abogados y médicos:
3.1. Instituyendo reglas precisas a través de las cuales la familia de los detenidos sea informada immediatamente de la detención de este, y del lugar en donde se encuentra detenido.
3.2. Garantizando a los detenidos la posibilidad de: ponerse immediatamente en contacto con un abogado; recibir lo más pronto posible la visita de este y de su família.
3.3. Garantizando la realización de exámenes médicos immediatamente después de su detención y, posteriormente, de forma regular.
4. Sean registradas e investigadas por un grupo de personas todas las denuncias de torturas, en las que el abogado o representante del detenido tenga derecho a participar directa o indirectamente. Este ha de estar al corriente de la investigación.
5. Tome las medidas necesarias para que se haga justicia contra aquellas personas que han ordenado la puesta en práctica de torturas y maltratos, o han participado en su (Livre Blanc sur la repression en Algérie. Suplement, páginas 260-261).

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Art.9.

Nadie puede ser arrestado, detenido, ni exiliado arbitrariamente

DETENCIONES

Muchas personas son detenidas sin orden judicial alguna, pasan mucho tiempo incomunicadas bajo la custodia de la policía judicial, existen deficiencias en su defensa, son torturadas, etc. En algunos casos, las personas detenidas son víctimas de ejecuciones extrajudiciales, en el momento de la detención o meses después. Estas práctica se utiliza como alternativa al arresto, para eliminar sospechosos, o como venganza por los asesinatos cometidos por el otro bando (Revista Cidob de Asuntos Internacionales, página 114).

En 1995 se calculaba que había unos 18.000 reclusos en las prisiones de Argelia, entre las cuales hay, como mínimo, 10 secretas. El gobierno ha reconocido la existencia de estas prisiones secretas en las cuales los presos viven en unas condiciones de vida infrahumanas. El número de reclusos que hay en las prisiones es superior al establecido, y a menudo conviven en una misma celda acomodada para dos o tres personas, hasta unos diez presos. (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Tom I, página 10) de tal manera que, en ocasiones, han de hacer turnos para dormir. No se separa a los reclusos en función de su edad, antecedentes o gravedad de los delitos cometidos. Las prisiones se caracterizan por la falta de higiene, la deficiente e insuficiente alimentación, etc. En algunas prisiones, especialmente la de Serkadji en la que el director y el subdirector siembran el terror, los presos son maltratados de forma continua bajo la aprobación de los responsables de la prisión. A los presos se les castiga por el más mínimo motivo, como mirar un guardia, leer en voz alta el Corán, etc. y se les traslada a unas celdas situadas bajo tierra, en donde permanecen aislados (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Tomo II, página 10).


Periódicamente los reclusos se alzan contra las autoridades para protestar contra las duras condiciones a las que están sometidos. En la revuelta de febrero de 1995 en la prisión de Serkadji murieron unos cien reclusos. Este ha sido el levantamiento más grave habido desde 1992. Las autoridades violaron las normas más básicas para investigar los asesinatos extrajudiciales: los muertos fueron enterrados sin que se les hiciera la autopsia, ningún grupo independiente pudo acceder a la cárcel, y no se dieron explicaciones sobre las circunstancias de aquellas muertes (Human Rights Watch Middle East, 1995).

A los detenidos y a los presos no siempre se les hace un juicio, y si este se lleva a cabo no hay garantía alguna de que se realice de forma justa y equitativa, ya que el sistema judicial es un instrumento más de represión. Muchas veces, los tribunales juzgan civiles porque estos han cometido actos que "atentan contra la seguridad del Estado" o que "alteran el orden público" (Revista Cidob de Asuntos Internacionales, páginas 115-116).

Ante los hechos, Amnistía Internacional en su informe de marzo de 1993 solicita al Gobierno de Argelia que vele para que:

1. Todos aquellos que han sido detenidos administrativamente por motivos políticos, sin ser inculpados ni juzgados de manera beneficiosa, se les haga un juicio equitativo y justo o se les libere.
2. Los procesos judiciales respeten los derechos civiles y políticos garantizados en el artículo 14 del Pacto Internacional relativo a estos.
3. Los procesos sean públicos, excepto en determinados casos excepcionales previstos en el mismo artículo 14.
4. Las declaraciones hechas como consecuencia de las torturas o de los maltrataos no sean consideradas como prueba.
5. Las conclusiones de los acusados o las declaraciones de la policía, con o sin el consentimiento del acusado, no se hagan nunca públicas en el proceso.

Amnistía Internacional solicita al Gobierno de Argelia que suprima el Decreto legislativo 3/92, o que lo modifique, para que sus disposiciones se ajusten a las normas sobre los procesos equitativos de los tratados internacionales ratificados por el Gobierno de Argelia (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Suplemento, páginas 263-264).

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DEPORTADOS

A través del artículo número 4 del Decreto presidencial de 4 de junio de 1991 fueron instituidos los campos de concentración. Este artículo viola la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Argelia en materia de Derechos Humanos, en la medida que ellos se priva a las personas de sus libertades fundamentales. La autoridad administrativa (no el juez) puede ordenar el traslado de una persona detenida a un campo de concentración durante un periodo de tiempo indefinido, sin que este haya sido juzgado ni declarado culpable.

Fueron abiertos unos diez campos de concentración, sobre todo después del golde de estado d enero de 1992. Ese año se abrieron un mínimo de doce campos de concentración en el sur del Sáhara argelino, en donde fueron encarceladas unas 35.000 acusadas de pertenecer y simpatizar con el FIS. Algunos de estos campos están situados a más de 2.000 km de la capital, como el de Reggane, o los de Ouargle, Aïn Salah, Aïn M'guel, El-Homr, Oued Namous, Tiberghamine, El Ménéa (antiguo El Goléa), Bord Omar y Dris et Tsabit.

15.000 argelinos han pasado por estos campos desde su apertura. Actualmente sólo está abierto el campo de Aïn M'guel, en donde permanecen 650 personas. Entre los deportados se encuentran profesores, universitarios y, mayoritariamente, personas que se presentaron a las elecciones municipales, departamentales y legislativas. 300 deportados del campo de concentración d'Ouargla pasaron de ser deportados durante diez años a ser detenidos políticos, por una sentencia del Tribunal de Excepción. Algunos deportados liberados fueron posteriormente arrestados por los servicios de seguridad, otros fueron asesinados por las fuerzas de seguridad militar encubiertas por el OJAL (Livre Blanc sur la repression en Algèrie. Tomo I, páginas 10-11).

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Art. 19.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión, esto comporta el derecho a no ser inquietado a causa de las opiniones, y el de buscar, recibir y difundir las informaciones y las ideas por cualquier medio de expresión y sin consideración de fronteras.

PRENSA

Prensa nacional

Tras el golpe de estado de enero de 1992, la prensa del FIS fue declarada ilegal, de la misma manera que el partido. De esta manera, comienza laprivación del derecho a la libertad de expresión. Con el objetivo de "reestablecer el orden", el Gobierno acabó con la pluralidad de opinión. Por el Decreto de estado de urgencia de febrero de 1992, que todavía hoy continúa en vigor, se estableció que se sacarían del mercado todos aquellos diarios cuyos artículos mostrasen simpatía con el FIS, o cuestionasen: el Estado de derecho, la tortura, las violaciones de los derechos del ser humano perpetradas por las fuerzas de seguridad... Se llevó a cabo un proceso de unificación de la prensa argelina que culmina con el Decreto confidencial del Ministerio del Interior de junio de 1994. En virtud de este Decreto sólo se pueden publicar las informaciones que provengan de la APS, agencia oficial dependiente del Ministerio del Interior (Être journaliste en Algèrie, páginas 120-121). En febrero de 1996, el Ministerio del Interior instituyó los Comités de Lectura (Rapport alternatif de la FIDH, página 6).

Para controlar la prensa argelina, el Gobierno utiliza diferentes medios. Tiene el monopolio de las imprentas, el monopolio de la importación de papel, el monopolio de la publicidad en un 85%, legislación totalmente represiva, presencia omnipresente de la policía en la redacción de los diarios antes de su distribución diaria, etc. En este contexto, la autocensura es corriente entre los periodistas argelinos comprometidos con la libertad y la democracia, especialmente a la hora de informar sobre temas de "seguridad nacional".

Como resultado de todo esto, tenemos una prensa que no refleja la pluralidad de la sociedad, y se contenta con reproducir las tesis oficiales, como los casos de El Moudjahid o l'Autentique; casos de la prensa fundamentalista laica o xenófoba antimusulmana ligada a Ettahadi (comunistas) y al Reagrupamiento por la Cultura y la Democracia, que sostienen la política represiva contra el islamismo político del Gobierno. Otros semanarios como La Nation y el Hurriya, por ser partidarios de las tesis de la oposición democrática de la Plataforma de Roma, fueron prohibidos desde diciembre de 1996, bajo el pretexto de deudas impagadas.

Prensa internacional

Los periodistas extranjeros no están en una situación más libre que los argelinos, ya que las limitaciones son las mismas, y además, han de evitar toda referencia que destaque el control que los militares ejercen sobre la vida política del país, no se pueden escribir expresiones como: guerra civil, Gobierno sostenido por los militares, el Ejército es el verdadero poder, etc. Si no actúan de acuerdo con las disposiciones son expulsados del país, y es por eso que los corresponsables extranjeros que están en Argelia no nombran los temas tabús en sus artículos y reportajes.

Se está llevando a cabo una verdadera campaña de falsificación de los hechos, intoxicación y desinformación para hacer creer a la gente que el drama argelino es como una maldición que responde al surgimiento casi espontáneo de grupos islamistas armados, cuando la realidad que se vive es muy diferentes a la que se vende (Luisa Hanune en La otra cara de Argelia, página 12).

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LA REACCIÓN DEL GOBIERNO

El Gobierno de Argelia, con el objetivo de mejorar su imagen exterior, en primer lugar desmintió todas las acusaciones realizadas por las organizaciones nacionales e internacionales de reconocida neutralidad y solvencia profesional, y que implican directamente a las autoridades argelinas en los hechos que continuamente se suceden y que atentan contra los derechos humanos de las personas. Las autoridades afirman que las conclusiones extraídas de las investigaciones no son válidas porque sus autores desconocen la verdadera situación, y porque en los informes han intervenido personas contrarias al Gobierno "enemigos de la patria".

Posteriormente, reconoció indirectamente la implicación de diferentes cuerpos de seguridad y milicias paramilitares en masacres contra la población, h echos que habían sido reconocidos directamente por los mismos agentes de seguridad argelinos que actualmente están exiliados en Europa. El Gobierno de Argelia quiso restar importancia a la amplitud de la implicación estatal y paraestatal en las masacres. En marzo de 1997, anunció un juicio contra soldados, policías y "patriotas" que, dirigidos por un militar, aterrorizaron a los habitantes de una población situada a 30 km de Argel. En febrero de 1998, ordenó la detención de 20 "patriotas", que, dirigidos por su alcalde, se alzaron a muerte contra miembros de la misma población. Este atentado fue atribuido a los "terroristas integristas" aunque las víctimas afirmaban que habían reconocido entre sus atacantes al mismo alcalde. Recientemente, el Gobierno de Argelia ha reconocido que en enero de 1992 desaparecieron 706 personas en poder de las fuerzas de seguridad. Las autoridades han reconocido el hecho, después de negarlo durante cuatro años, pero lo han simplificado, ya que en realidad se han constatado en aquellas fechas más de 12.000 desapariciones, etc.

En 1998, el Gobierno se opone a la creación de una comisión de investigación sobre su implicación en los hechos que atentan contra los derechos humanos, niega la concesión de visados de entrada a miembros de organizaciones de defensa de Derechos Humanos, se opone a colaborar con el Comité de Derechos Humanos de la ONU que pretende investigar la implicación de las fuerzas de seguridad argelinas en las masacres contra la población civil. Para "blanquear" su imagen internacional, permite la entrada de intelectuales europeos y de comisiones dirigidas por políticos europeos que son afines al Gobierno, y permite la realización de reportajes periodísticos dirigidos por el Ministerio de Telecomunicaciones, bajo las órdenes directas del Ministerio del Interior (Revista Cidob de Asuntos Internacionales, página 117).

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BIBLIOGRAFÍA

- Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Dossier de prensa de Argelia. Sodepau, 1998.
- Être journaliste en Algèrie (1988-1995).Ghania Mouffok. Reporters sans frontières, París, 1996.
- L'Espurnall (revista de análisis nord-sud para una cooperación solidaria), núm. 24, 1997.
- Livre blanc sur la repression en Algèrie. Tomo I (1991-1994). Comité Algerien des Militans Libres de la Dignité Humaine et des Droits de l'Homme. Hoggar, 1995.
- Livre blanc sur la repression en Algèrie. Tomo II (1991-1995). Hoggar, 1996.
- Livre blanc sur la repression en Algèrie. Supplement. Hoggar, 1996.
- Luisa Hanune. La otra cara de Argelia. Conversaciones con Ghania Mouffok. Vosa, 1996.
- Rapport alternatif de la FIDH au deuxième rapport pèriodique de l'Algèrie au Comité des Droits de l'Homme de l'ONU. Julio 1998.
- Revista Cidob de Asuntos Internacionales. Los Derechos Humanos en los países de la cuenca meridional de Laura Feliu i Martínez, núm. 37, septiembre 1997.

Redactado por la alumna Eva Puig i Portella
del curso Desaprender la guerra 1998-99,
organizado por la Fundació Solidaritat UB

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